martes, 29 de octubre de 2019

El Constitucional avala el despido por faltar reiteradamente al trabajo aunque sea por enfermedad

Lo considera justificado siempre y cuando las ausencias superan el 20% de las jornadas hábiles durante dos meses consecutivos y con excepciones tales como maternidad, embarazo o bajas de más de 20 días consecutivos


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